miércoles, 29 de octubre de 2008

¿CÓMO SE DEBE PROCEDER PARA LA ELIMINACIÓN TOTAL DEL PCB?









Actualmente la Argentina está exportando para su adecuado tratamiento en otros países, aquellos PCB o mezclas de PCB - o los equipos que los contengan - que posean una concentración mayor al 0,5 % en peso de PCB (5.000 ppm). Puesto que la capacidad operativa de las empresas habilitadas localmente para descontaminar PCB es aún limitada, muchos poseedores de PCB optan por exportar sus fluidos o equipos aún conteniendo concentraciones de PCB menores a esta cifra. La exportación de los PCB a destruir debe ser efectuada a un país que cuente con adecuada tecnología y no tenga prohibición de ingreso de estas sustancias. Esta exportación constituye un movimiento transfronterizo, que debe realizarse en el marco del Convenio de Basilea. El mismo se hace a través de la Dirección Nacional de Gestión Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Autoridad de Aplicación de la Ley 23.922 de aprobación del Convenio de Basilea. Hasta marzo de 2003 se han exportado más de 2700 toneladas métricas de PCB y los equipos que los contenían. En el documento de Datos Estadísticos pueden observarse las destrucciones realizadas por emprendimiento voluntario de empresas y organismos de distintas jurisdicciones.

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